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Nueva Ley de Protección de Datos

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

 

Este viernes  se ha publicado la nueva Ley orgánica sobre protección de datos personales. Es importante señalar que los datos de los trabajadores y en especial los referentes a su salud se encuentran dentro del ámbito de aplicación de esta Ley. 

 

Puede consultar el texto íntegro de la norma en el siguiente enlace: LO3/2018

 

Es importante que las empresas tenga recogido el tratamiento de los datos de sus trabajadores y firmado un contrato adecuado con el los Servicios de Prevención en el que se recojan las obligaciones derivadas de SPA como encargado de tratamiento de los datos de los trabajadores.

 

fatiga digital - Derecho a la Desconexión informática
Derecho a la desconexión informática

También destacamos como novedoso el derecho a la deconexión digital recogido en el artículo 88, que promueve medidas para evitar el riesgo de fatiga informática.

 

Artículo 88. Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.

1. Los trabajadores y los empleados públicos tendrán derecho a la desconexión digital a fin de garantizar, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto de su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.

 

2. Las modalidades de ejercicio de este derecho atenderán a la naturaleza y objeto de la relación laboral, potenciarán el derecho a la conciliación de la actividad laboral y la vida personal y familiar y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o, en su defecto, a lo acordado entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

 

 

3. El empleador, previa audiencia de los representantes de los trabajadores, elaborará una política interna dirigida a trabajadores, incluidos los que ocupen puestos directivos, en la que definirán las modalidades de ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de formación y de sensibilización del personal sobre un uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga informática. En particular, se preservará el derecho a la desconexión digital en los supuestos de realización total o parcial del trabajo a distancia así como en el domicilio del empleado vinculado al uso con fines laborales de herramientas tecnológicas.